El Diario Oficial de Castilla-La Mancha de 29 de mayo de 2026 publica la Orden 76/2026, de 26 de mayo, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se regulan los usos del fuego y las actividades con riesgo de incendio forestal en el medio natural y terrenos forestales de Castilla-La Mancha, en vigor desde el 30 de mayo de 2026.
En cumplimiento de dicha normativa, se informa a la ciudadanía de lo siguiente:
PROHIBICIONES PERMANENTES (todo el año, con independencia del nivel de riesgo)
- Arrojar colillas, cerillas u objetos en combustión.
- Quemar residuos vegetales agrarios o silvícolas sin autorización expresa.
- Encender fuego en los montes, salvo las excepciones previstas en la norma.
- Circular con vehículos a motor fuera de pistas forestales, salvo usos autorizados.
PROHIBICIONES EN ÉPOCA DE PELIGRO ALTO Y EXTREMO (junio, julio, agosto y septiembre)- Queda prohibido encender fuego en cualquier espacio abierto del medio natural.
- Se suspenden todas las autorizaciones de quema vigentes cuando el Índice de Propagación Potencial (IPP) sea Muy Alto o Extremo.
USO DE BARBACOAS Y FUEGO RECREATIVO- En época de peligro bajo y medio (octubre–mayo, salvo Semana Santa): se permite el uso de fuego en instalaciones fijas de áreas recreativas y de acampada, siempre que el IPP no sea Alto, Muy Alto o Extremo, el viento no supere los 20 km/h de media ni 30 km/h en rachas, y el fuego quede perfectamente apagado al finalizar.
- En época de peligro alto y extremo: solo se permite el uso de barbacoas en espacios completamente cerrados(con cubierta total y dispositivos retenedores de pavesas), y únicamente con IPP Bajo o Moderado.
CELEBRACIONES POPULARES CON FUEGOEn épocas de peligro alto y extremo, el uso del fuego en fiestas populares
requiere autorización previa de la Delegación Provincial de la Consejería de Desarrollo Sostenible, solicitada con al menos
10 días hábiles de antelación. La autoridad municipal deberá suspender la actividad si el IPP es Muy Alto o Extremo, el viento supera los umbrales indicados o las condiciones meteorológicas lo aconsejan.
ÉPOCAS DE PELIGROÉpoca Período Extremo: 1 julio – 31 agosto. Alto1–30 junio y 1–30 septiembre. Medio1–31 mayo, 1–31 octubre y Semana Santa. Bajo1 enero–30 abril y 1 noviembre–31 diciembreÍNDICE DE PROPAGACIÓN POTENCIAL (IPP)El IPP es el indicador diario del nivel de riesgo de incendio forestal, calculado por municipio. Puede consultarse en: 🌐
https://infocam.castillalamancha.es/ o en la página web del
Ayuntamiento de Osa de la Vega, que ha incorporado en su página web un enlace directo al IPP actualizado, visible en la
barra lateral derecha. De este modo, cualquier vecino o vecina puede consultar fácilmente el nivel de riesgo de incendio forestal correspondiente a nuestro municipio antes de realizar cualquier actividad con fuego en el medio natural.
INCUMPLIMIENTOSEl incumplimiento de estas normas podrá dar lugar a sanciones conforme a la legislación vigente en materia de montes e incendios forestales.
ANTE CUALQUIER INCENDIO, LLAME AL 112