Se informa de la publicación del Programa IMSERSO 2026. ℹ️
Solicitud y plazo de presentación
- La solicitud se formalizará en el modelo que figura como anexo II de la resolución de convocatoria, que contiene la declaración responsable correspondiente.
- La solicitud deberá presentarse prioritariamente por medios electrónicos; estará disponible en la sede electrónica del Imserso. También podrá presentarse en los registros electrónicos y en las oficinas habilitadas.
- El plazo de presentación de solicitudes para el Programa de Turismo de la temporada 2026/2027 abarca desde el lunes, 22 de junio de 2026, hasta el viernes, 10 de julio de 2026, ambos incluidos.
- Las personas acreditadas para viajar en temporadas anteriores recibirán un documento con sus datos personales y de preferencia de destino. Solo si desean modificar alguno de esos datos deberán devolverlo al Imserso dentro del plazo indicado (lunes, 22 de junio de 2026 a viernes, 10 de julio de 2026, ambos incluidos).
- Será posible viajar con otra persona que presente solicitud en la misma provincia cuando coincidan los destinos elegidos y el orden de prioridad de las plazas solicitadas; esta vinculación deberá constar en ambas solicitudes.
Requisitos para acceder al Programa de Turismo del Imserso - Podrán participar personas residentes en España que reúnan alguno de los siguientes requisitos:
- Ser pensionista de jubilación del sistema de Seguridad Social español.
- Ser pensionista de viudedad con 55 o más años de edad.
- Ser pensionista por otros conceptos del sistema de Seguridad Social español o perceptor/a de prestaciones o subsidios de desempleo, con 60 o más años de edad.
- Ser asegurado/a o beneficiario/a del sistema de la Seguridad Social español con 65 o más años de edad.
- También pueden participar:
- Españoles residentes en el extranjero que cumplan alguno de los requisitos anteriores.
- Españoles de origen emigrantes retornados, siempre que sean pensionistas de los sistemas públicos de Seguridad Social del país o países a los que hubieran emigrado.
- Las personas usuarias podrán ir acompañadas por su cónyuge, pareja de hecho o persona con la que constituyan una unión estable, aunque dichas acompañantes no reúnan los requisitos del artículo 4.1.
- Podrán viajar acompañadas por hijos con discapacidad igual o superior al 45% siempre que viajen con sus padres y se alojen en la misma habitación o, si optan por habitación individual, abonen el suplemento establecido y exista disponibilidad de plazas.
- Las personas usuarias de plazas y sus acompañantes (excepto los hijos) deben valerse por sí mismas para realizar las actividades básicas de la vida diaria.
- El cumplimiento de los requisitos se acreditará ante el Imserso mediante declaración responsable.
Modalidades de viaje y servicios incluidos - Zona Costa Peninsular: estancias de 18 días en comunidades como Cataluña, Andalucía, Región de Murcia y Comunidad Valenciana.
- Zona Costa Insular: estancias de 10 y 8 días en Canarias y Baleares.
- Turismo de Escapada: estancias de 4, 5 y 6 días, con los siguientes tipos de viajes:
- Circuitos culturales.
- Turismo de naturaleza.
- Capitales de provincia.
- Ciudades de Ceuta y Melilla.
Datos clave - Plazo de presentación de solicitudes: desde el lunes, 22 de junio de 2026, hasta el viernes, 10 de julio de 2026 (ambos incluidos).
- Modelo de solicitud: anexo II de la resolución de convocatoria (incluye declaración responsable).
- Presentación: preferentemente por medios electrónicos en la sede electrónica del Imserso; también en registros electrónicos y oficinas habilitadas.
- Periodo de modificación para personas anteriormente acreditadas: lunes, 22 de junio de 2026, a viernes, 10 de julio de 2026 (ambos incluidos).
Más información en los Servicios Sociales del Ayuntamiento.