31-Julio-2026 08:16
SE PROLONGA LA DECLARACIÓN DE ALERTA POR RIESGO METEOROLÓGICO DE INCENDIOS FORESTALES PARA LOS DÍAS 1 Y 2 DE AGOSTO.
Las medidas preventivas extraordinarias a aplicar en esta situación durante el referido periodo son:
* Prohibición de encender fuego en el monte en todo tipo de espacios abiertos, así como en zonas recreativas y de acampada, incluso en las zonas habilitadas para ello.
* Prohibición del uso de barbacoas en espacios abiertos, incluyendo aquellas autorizadas.
* Suspensión de todas las autorizaciones para el uso del fuego que se hayan otorgado.
* Prohibición de la introducción y uso de material pirotécnico y suspensión de las autorizaciones para el lanzamiento de cohetes o artefactos de cualquier clase que contengan fuego.
* Prohibición del uso de maquinaria en el monte y la franja de 400 m que lo circunda, cuyo funcionamiento habitual genere fuego
* Se prohíbe el uso de maquinaria autopropulsada agrícola y forestal en monte y en los terrenos agrícolas situados a menos de 400 metros de terreno forestal, incluyendo la cosecha y el empacado de forraje o cereal, en terrenos de secano, o el uso de skidders, procesadoras y desbrozadoras, en las horas más desfavorables del día, comprendidas entre las 12:00 y las 20:00 horas.
PREVENIR ES TAREA DE TODOS