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AYUDAS PARA PREVENIR LOS DAÑOS DEL CONEJO DE MONTE EN EXPLOTACIONES AGRÍCOLAS

Bando con adjunto

01-Septiembre-2026 10:57


BANDO DE ALCALDÍA

AYUDAS PARA PREVENIR LOS DAÑOS DEL CONEJO DE MONTE


Se informa a las personas titulares de explotaciones agrícolas que se ha publicado la Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural por la que se regulan ayudas destinadas a prevenir los daños ocasionados por el conejo de monte en parcelas agrícolas ubicadas en comarcas declaradas de emergencia cinegética.

¿Quién puede solicitar estas ayudas?
Las personas que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 5.1 de la Orden, entre ellos estar inscritas en el Registro de Explotaciones Agrícolas de Castilla-La Mancha, no superar el umbral de acumulación de ayudas, estar al corriente de las obligaciones tributarias y seguridad social y cumplir el resto de requisitos establecidos en la normativa.

¿Qué se subvenciona?
  • Adquisición e instalación de cerramientos perimetrales con malla tipo conejera.
  • Adquisición e instalación de protectores o tutores individuales para plantas leñosas.
  • Eliminación de majanos.

Importe de la ayuda:
La ayuda podrá alcanzar hasta el 70 % de los gastos subvencionables, con un límite máximo de 14.500 euros por solicitud.

Los gastos deberán corresponder a las actuaciones subvencionadas, ser necesarios para su realización y estar efectivamente realizados y pagados, debiendo justificarse conforme a lo establecido en la Orden.

PLAZO DE SOLICITUD:
Un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de la Orden.

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:
Las solicitudes se presentarán preferentemente por vía telemática a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Las personas que no estén obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración podrán presentarlas asimismo por los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Para consultar los requisitos completos, actuaciones subvencionables y documentación necesaria, deberá consultarse el texto íntegro de la Orden que, se adjunta en este bando.

EL ALCALDE
Álvaro Latorre Navarro

Adjuntos: