Volver a la lista

Bando prohibición rastrillos y venta ambulante

Info General

15-Septiembre-2026 13:33

Imagen de evento


La ocupación de calles, plazas y demás espacios de uso público municipal con puestos, mesas, muebles, mercancías, expositores, carpas u otros elementos requiere autorización municipal previa.

La venta ambulante o no sedentaria, incluidos mercadillos, rastrillos puestos de venta y actividades similares, también requiere autorización municipal.

La realización de estas actividades sin autorización podrá determinar su cese y la retirada de los elementos instalados, sin perjuicio de las responsabilidades que procedan. (Sanciones)

Información y solicitudes Registro General del Ayuntamiento.