Volver a la lista

ARTÍCULO 11 DEL REGLAMENTO DE FESTEJOS TAURINOS POPULARES

Noticias

06-Junio-2019 10:11

D. VALENTÍN PORRAS GARCÍA, ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SANTIBÁÑEZ EL ALTO HAGO SABER: De conformidad con el artículo 11 del Reglamento de Festejos Taurinos Populares, en su punto 3 se establece que: “En ningún caso podrán participar en los festejos taurinos populares, por correr un excesivo peligro o porque con su comportamiento puedan provocar situaciones de riesgo, las personas en las que concurra alguna de las circunstancias siguientes: a) Aquellas que presenten síntomas de ingestión alcohólica en exceso o de cualquier sustancia estupefaciente o de enajenación mental. b) Aquellas que padezcan cualquier discapacidad física, psíquica o sensorial, o que en su avanzada edad y evidente merma de sus facultades, no hagan aconsejable su participación en el festejo. c) Aquellas que porten botellas, latas, vasos o cualquier otro instrumento susceptible de causar maltrato a las reses de lidia o a los participantes. d) Los menores de 18 años.”