Ante las quejas presentadas por algunos vecinos sobre los cables de suministros que soportan sus fachadas, os informamos de la obligatoriedad de soportar cables de suministros en fachadas para ello, adjuntamos un documento en el que se explica todo estos de forma más extensa. Aún así, presentamos un resumen del mismo:
"...los interesados están obligados a soportar en las fachadas de sus viviendas la colocación de cables, cajas, farolas y cualquier otro elemento de fijación en virtud de la servidumbre de paso de energía eléctrica, así como facilitar el acceso de las empresas suministradoras a las fincas.
Ello implica, por tanto, que el predio sirviente, en caso de realizar obras que afecten a la servidumbre, deberá reponer ésta a su estado original. O, en otras palabras, es obligación del propietario del inmueble por donde discurran los cables eléctricos, reponerlos a su estado original tras la realización de las obras."