📢 CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA ADECUACIÓN FUNCIONAL DE VIVIENDA 🏡
👉 La Diputación de Málaga ha abierto el plazo para #solicitar ayudas destinadas a la adecuación funcional de viviendas. Si necesitas adaptar tu hogar para mejorar la accesibilidad y calidad de vida, ¡esta es tu oportunidad!
🗓 Plazo de solicitud: del 2 de abril al 1 de mayo de 2025
🛠 Periodo de obras: del 1 de julio de 2025 al 31 de marzo de 2026
- PERSONAS BENEFICIARIAS:
Con carácter general, podrán ser personas beneficiaras de estas ayudas los discapacitados o mayores de 65 años, en los que concurran las siguientes circunstancias:
a) Es necesario que el beneficiario esté empadronado en un municipio menor de 20.000 habitantes con un año de antelación al de la fecha de publicación de la convocatoria de las presentes ayudas.
b) La vivienda objeto de la adecuación debe ser coincidente con la de empadronamiento y constituirá su vivienda habitual y permanente de la persona solicitante y, en su caso, de la unidad familiar.
- REQUISITOS ECONÓMICOS:
La renta anual de la unidad familiar de primer grado de consanguinidad o afinidad no deberá ser superior a 25.000 euros. Se tendrá en cuenta la renta del ejercicio 2023.
- GASTOS SUBVENCIONABLES:
Las ayudas irán destinadas a sufragar los siguientes gastos, debiendo valorarse la adecuación de la vivienda mediante el correspondiente presupuesto o factura proforma:
1. Gastos derivados de la licencia de obras y tributos asociados a éstas.
2. En los cuartos de baño, cambio de las bañeras por platos de ducha, instalación de suelo.
3. antideslizante, instalación de apoyos y asideros y adecuación de los sanitarios y grifería.
4. Colocación de pasamanos en pasillos.
5. Mejoras en la seguridad y adaptación de la instalación eléctrica, gas y fontanería a la normativa vigente y a las necesidades funcionales de la persona solicitante.
6. Adecuación del ancho de puerta y/o eliminación de barreras arquitectónicas, incluyendo la colocación de plataforma salva-escaleras.
7. Adaptación de cocina y mobiliario.
8. Así como cualquier otra obra cuya realización se justifique para una adecuación eficaz de la vivienda a las necesidades de la persona solicitante
- CUANTÍA DE LA AYUDA:
La cuantía de la ayuda será del 100 % de los gastos subvencionables, hasta un máximo de 4.000 euros, y en caso de ser superior el coste de la actuación a desarrollar, será sufragado por la persona beneficiaria, siendo aplicable lo dispuesto en el artículo 32.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se regula el reglamento que desarrolla la Ley General de Subvenciones.
👉 Para más información sobre requisitos y procedimiento de solicitud, acude al ayuntamiento.