Tras el decreto del Estado de Alarma por parte del Gobierno y en virtud de las competencias otorgadas por este, la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha adopta en el día de hoy las siguientes medidas:
-Se adapta la hora de comienzo de la restricción de movilidad nocturna o toque de queda, pasando a ser en la comunidad autónoma entre las 00:00 horas y las 6:00 de la mañana.
-Se prohíben las entradas y salidas del territorio de la comunidad desde las 00:00 horas del viernes 30 de octubre, excepto en los siguientes casos:
a) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
b) Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
c) Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.
d) Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.
e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
f) Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.
g) Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
h) Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.
i) Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
j) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
k) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.
-Se limitan los grupos de personas tanto en espacios públicos como en privados a 6 personas, excepto si son convivientes o si se trata de actividades laborales, institucionales o aquellas para las que se establezcan medidas específicas en la normativa aplicable.
-Se limitan al 40% el aforo de los lugares de culto cerrados, y en el caso de que estos lugares de culto estén al aire libre, se establece un máximo de 100 personas.