Castromonte Informa

  1. BANDO MUNICIPAL

El Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 1.372/1986, de 13 de junio, establece en su artículo 3.1 que: “Son bienes de uso público local los caminos, plazas, calles, paseos, parques, aparcamientos, aguas de fuentes y estanques, puentes y demás obras públicas de aprovechamiento o utilización generales cuya conservación y policía sean de la competencia de la entidad local”.

La ocupación de la vía pública es un permiso o autorización concedida por la Administración Pública a una persona física o jurídica que necesite ocupar la calle para provecho propio durante un período de tiempo determinado y con carácter temporal.

Independiente de la licencia de obras y de la declaración responsable, la ocupación de la vía pública está sometida a autorización municipal.

El incumplimiento de la norma, es un procedimiento administrativo que puede abrir un expediente sancionador sobre los
actores responsables si no lo comunican al Ayuntamiento en período y plazos que marca la ley.

El permiso de ocupación de vía pública, consiste en la reserva de una zona concreta de la vía pública para uso exclusivo de la persona física o jurídica que haya pedido su entrega.

Ante la obligatoriedad del cumplimiento de la ley, se informa a todos los vecinos que soliciten el permiso de ocupación temporal de la vía pública en el Ayuntamiento.


El Ayuntamiento de Castromonte 
Info General 24-Julio-2022 09:18