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PHOHIBIDO VERTER PURINES

Medio Ambiente

28-Julio-2026 22:18


RECORDAMOS LA EXISTENCIA DE LA ORDENANZA REGULADORA  DEL TRATAMIENTO DE PURINES DE COGECES DEL MONTE, y concretamente el siguiente punto:

-Queda prohibido el vertido de purines, estiércoles y residuos procedentes de fuentes de origen agricola y ganadero todos los días, de forma total, desde el 1 DE JULIO AL 20 DE SEPTIEMBRE, salvo casos excepcionales debidamente justificados, que serán estudiados analizados y autorizados por la Comisión de seguimiento.

Llevamos varios días observando que no solo no se cumple con esta ordenanza sino que tampoco se procede a tapar el vertido en un plazo máximo de 24h desde su aportación. 

Recordamos que las sanciones van desde 750 a 3000€ de multa y los responsables son tanto los propietarios de las parcelas como los agricultores que las exploten y el propietario de los vehículos que lo vierten.

No es de recibo que el municipio tenga que soportar malos olores por incumplimiento de la ley, y exigimos el cese inmediato de los vertidos así como el tapado del mismo.