El tan esperado inicio de la nueva temporada por fin ha llegado. Este sábado 7 de septiembre, nuestro recién ascendido equipo senior se mide a un rival de gran categoría como el C.D. TRABUCO. No te lo puedes perder. ACUDE AL CAMPO Y ANIMA AL COLME
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04-Septiembre-2019 09:42
Deporte
Fiesta acuática????♂️ en la piscina municipal para los jóvenes de Colmenar. Lunes 2 de Septiembre a las 16.00 horas. Entrada gratuita.
30-Agosto-2019 17:57
Deporte
Centro de Conductores Móvil, informa que estarán en COLMENAR el próximo LUNES 2 de SEPTIEMBRE de 19:45 a 20:15 ubicados en BAR LOS PEPES, renovando los carnets de conducir, armas, perros peligrosos, seguridad privada,...Un cordial saludo!
28-Agosto-2019 13:58
Info General
A partir de hoy a las 20 horas y hasta el domingo de feria, el tráfico rodado quedará suspendido por el centro del pueblo. Desde el Ayuntamiento de Colmenar les pedimos disculpas y les deseamos que pasen una feliz feria.
08-Agosto-2019 16:43
Info General
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06-Agosto-2019 12:25
Info General
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06-Agosto-2019 11:48
Info General
El Ministerio de Educación y Formación Profesional ha publicado este miércoles la convocatoria de becas de carácter general para el curso 2019-2020 dirigida a alumnos que cursen estudios postobligatorios. Los plazos para presentar la solicitud se prolongarán hasta el 15 de octubre de 2019, en el caso de estudiantes universitarios, y hasta el 1 de octubre de 2019, para los no universitarios. Su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) llega después de que, el pasado 12 de julio, el Consejo de Ministros en funciones diera luz verde al Real Decreto de Umbrales, que regula el régimen de las becas y ayudas al estudio. Esta norma, que establece los requisitos para obtener una de estas ayudas, facilitará el aumento del número de solicitantes con derecho a beca y de becarios que resulten perceptores de cuantías superiores, según el Ministerio de Educación y Formación Profesional. En concreto, el Ministerio detalla que para esta convocatoria se ha ampliado el presupuesto inicial de 1.470 millones de euros en aproximadamente 40 millones, lo que permitirá atender a 17.000 becarios que pasarán a percibir bien una beca por primera vez o bien una de mayor cuantía, en virtud de las reformas introducidas en el cálculo del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018. Además, por segundo año, a los estudiantes víctimas de violencia de género no se les aplicarán determinados requisitos académicos para acceder a las becas, como la carga lectiva superada en el curso anterior, el límite del número de años como becario o la exigencia de superar un determinado porcentaje de créditos, asignaturas, módulos u horas. ¿Quién puede solicitar las becas? Pueden solicitar las becas los estudiantes que no superen una determinada renta y patrimonio familiar, que cumplan unos determinados requisitos de aprovechamiento académico y se encuentren cursando Bachillerato, Formación Profesional, enseñanzas artísticas, deportivas, estudios religiosos superiores, idiomas en escuelas oficiales y enseñanzas universitarias. La solicitud se deberá cumplimentar mediante el formulario accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Departamento. Las cuantías fijas de las becas para estudiantes universitarios, cubrirán el importe de los créditos de que se haya matriculado el estudiante por primera vez en el curso 2019-2020. Además, la cuantía fija ligada a la renta del estudiante es de 1.600 euros tanto para estudiantes universitarios como no universitarios. La cuantía fija ligada a la residencia del estudiante durante el curso escolar es de 1.500 euros tanto para estudiantes universitarios como no universitarios, y la cuantía fija ligada a la excelencia académica es de entre 50 y 125 euros tanto para estudiantes universitarios como no universitarios. Además, existe una beca básica para estudiantes no universitarios de 200 euros. Por último, la cuantía variable y distinta para los diferentes solicitantes resultará de la ponderación de la nota media del expediente del estudiante y de su renta familiar y cuyo importe mínimo será de 60 euros. Todos los umbrales de renta y cuantías de beca se pueden consultar en el BOE.
02-Agosto-2019 15:46
Educación
Recuerden!!!! Sábado 3 de Agosto a las 23 horas. Gran festival de cante grande " Montes de Málaga "
01-Agosto-2019 19:58
Info General
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01-Agosto-2019 14:28
Cultura
Centro de Conductores Móvil, para informarle que estaremos en COLMENAR el próximo LUNES 5 de AGOSTO de 19:45 a 20:15 ubicados en BAR LOS PEPES, renovando los carnets de conducir, armas, perros peligrosos, seguridad privada,...etc
01-Agosto-2019 13:06
Info General
Este año adelantamos otra novedad para la feria. Después de muchos años, volvemos a rescatar "La gran tirada al plato". Domingo 11 de Agosto en "la "Chamiza". Habrá inscripción general, damas y jóvenes
30-Julio-2019 13:42
Deporte
Ya tenemos ganador del Concurso para el cartel de la feria 2019. Enhorabuena a Francisco García Muñoz. (garmu)
23-Julio-2019 13:59
Cultura
Motos y Quads
23-Julio-2019 10:40
Deporte
Matagallar Rock 2019, este sábado desde las 23:30. En el recinto de la piscina municipal. No puedes faltar
19-Julio-2019 12:31
Info General
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18-Julio-2019 13:24
Info General
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17-Julio-2019 12:30
Empleo
El Boletín Oficial de la Provincia ha publicado, con fecha 10 de junio, la convocatoria para la concesión de ayudas económicas de los servicios sociales de la Diputación de Málaga correspondiente a la adecuación funcional de viviendas de las personas discapacitadas y mayores de 65 años, que residan en municipios menores de 20.000 habitantes de la provincia, y que carezcan de medios para sufragar los gastos de adaptación. Esta línea de ayudas de la Diputación, que surgió en 2017, facilitará a los vecinos la adecuación de sus viviendas, de forma que se podrán sustituir bañeras por platos de ducha, colocar suelos antideslizantes, apoyos y asideros, adecuar sanitarios y griferías, eliminar barreras arquitectónicas, etc. La convocatoria, dotada de 200.000 euros, puede consultarse en el BOP número 109 y las solicitudes pueden presentarse hasta el 20 de septiembre. Las ayudas tienen como finalidad facilitar el desarrollo normalizado de las personas y unidades de convivencia, prevenir procesos de exclusión social y de manera especial, garantizar a las personas discapacitadas con necesidades específicas de movilidad la máxima integración familiar y social, y la mejorar de su calidad de vida. La cuantía de las mismas será del 100% de los gastos subvencionables, es decir, hasta un máximo de 4.000 euros. Estas ayudas se consideran de tipo puntual, por lo que no podrán solicitarse en los dos años siguientes a su concesión para la misma vivienda y solicitante. Requisitos Entre los criterios de valoración para la concesión de la subvención encuentran: la necesidad de un informe emitido por los Servicios Sociales Comunitarios, así como que la persona beneficiaria se encuentre empadronada y resida en un municipio de la provincia de Málaga menor de 20.000 habitantes con un año de antelación al de la fecha de la publicación de la convocatoria. Además, la vivienda objeto de la adecuación debe ser la vivienda habitual del solicitante y coincidir con la del empadronamiento. En caso de que el solicitante no sea el propietario de la vivienda destinataria de la rehabilitación, deberá acreditar que cuenta con la autorización de éste. En el caso de discapacidad, el grado deberá haberse obtenido antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes, y mantendrá su vigencia hasta la concesión de la subvención. Por otra parte, las personas mayores de 65 años que soliciten la ayuda deberán tener cumplida la edad antes de que finalice el plazo de presentación de las solicitudes. - Convocatoria para la concesión de ayudas económicas de los servicios sociales comunitarios de la Diputación Provincial de Málaga 2019 correspondiente a la adecuación funcional de viviendas de personas discapacitadas y mayores de 65 años. - Bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas de los servicios sociales comunitarios de la Diputación Provincial de Málaga 2019 (BOPMA número 73, de 16 de abril de 2019).
16-Julio-2019 11:26
Info General
PLIEGO DE CONDICIONES PARA ADJUDICAR CONTRATO ADMINISTRATIVO MENOR DE SERVICIO PARA LA EXPLOTACIÓN DE LA “CASETA DE LA JUVENTUD” DURANTE LA FERIA DE AGOSTO DE 2019
16-Julio-2019 10:46
Info General
Se informa a tod@s aquellas personas que han sido definitivamente seleccionadas, para la provisión como personal laboral fijo a tiempo parcial de una plaza de Auxiliar de Biblioteca???? del Ayuntamiento de Colmenar. Que dicha prueba se realizará: ✅el día 30 de julio de 2019, a las 11:00 horas, en el CEIP “Virgen de la Candelaria”, sito en calle Francisco de Coalla, número 29, de esta localidad.
15-Julio-2019 14:17
Empleo
SUBVENCIÓN DE REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS plazo solicitud hasta el 1 de agosto Personas beneficiarias: Podrán solicitar estas subvenciones las personas propietarias o arrendatarias cuando se acuerde costear las obras a cambio del pago de la renta. Los ingresos de la unidad de convivencia residentes tendrán que ser inferiores a 5,50 veces el IPREM. Requisitos de la vivienda: Estar en posesión de ESCRITURA PUBLICA Ser domicilio habitual y permanente de los propietarios o arrendatarios (estar empadronados). No estar calificados como fuera de ordenación o en situación de asimilado a fuera de ordenación. Tener una superficie útil superior a 36 m² . Estar finalizadas antes de 1996, salvo excepciones. Presentar unas condiciones de seguridad estructural y constructiva que garanticen la viabilidad de la intervención o alcanzarla con ésta. No tener condición de infravivienda. Disponer de informe técnico suscrito por técnico competente, con fecha anterior a la solicitud, que acredite los requisitos contemplados en las letras b), c), e) y f), así como la necesidad de actuaciones en la vivienda (el modelo de informe técnico los facilita el Ayuntamiento). Lineas Subvencionables: Linea 1: Obras de conservación, mejora seguridad utilización y accesibilidad en viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas, o ubicadas en edificios de tipologia residencial colectiva. 1. Obras de CONSERVACIÓN incluye: a) Conservación de cimentación de la cimentación, estructura e instalaciones. b) Conservación de cubiertas, azoteas, fachadas y medianeras, incluye la retirada de amianto. c) Adecuación interior de la vivienda a las condiciones mínimas de funcionalidad, habitabilidad, seguridad e higiene…. 2. Obras de MEJORA SEGURIDAD UTILIZACIÓN Y ACCESIBILIDAD incluye: a) Ascensores, salvaescaleras, rampas u otros dispositivos de accesibilidad (discapacidad sensorial o intelectual). b) Elementos de información o de aviso (señales luminosas o sonoras). c) Elementos o dispositivos electrónicos de comunicación de la vivienda con el exterior (videoporteros y análogos). d) Cualquier intervención que facilite la accesibilidad universal cumpliendo con el Codigo Técnico de la Edificación, así como mejorar las condiciones de accesibilidad de baños y cocinas. e) Cualquier intervención que mejore el cumpliendo de los parámetros establecidos en el Documento Básico del Código Técnico de la Edificación DB-SUA. Linea 2: Obras para mejora de la EFICIENCIA ENERGÉTICA Y SOSTENIBILIDAD. a) Envolvente térmica de la vivienda. b) Sistemas de calefacción, refrigeración, producción de agua caliente sanitaria y ventilación para el acondicionamiento térmico o el incremento de la eficiencia energética ya existente. c) Instalación de equipos de generación o que permitan la utilización de energías renovables. d) Mejora parámetros de protección contra el ruido (DB-HR). e) Mejora parámetros de salubridad (DB-HS). Normativa: ORDEN DE 14 DE ENERO DE 2019 ORDEN DE 17 DE JUNIO DE 2019
12-Julio-2019 13:11
Urbanismo
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11-Julio-2019 15:49
Deporte
Concluyen las obras de los callejones ubicados en Calle Ermita y Calle Horno. Han contado con un presupuesto de 37.000€. Y han consistido en: ✅ Sustitución de la red de saneamiento. ✅ Red Eléctrica. ✅ Pavimentación ✅Sustitución de tuberías de fibrocemento. Dichas obras han estado enmarcadas dentro del programa de concertación.
09-Julio-2019 11:01
Info General
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06-Julio-2019 12:27
Cultura
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04-Julio-2019 15:52
Info General
La Consejería ha publicado la Orden de 17 de Junio de 2019, por la que se efectúa la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para la rehabilitación de viviendas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el ejercicio 2019. Estas subvenciones tienen por objeto fomentar la rehabilitación de viviendas con deficiencias básicas, contribuyendo a financiar las actuaciones que resulten necesarias para subsanarlas y mejorar sus condiciones de accesibilidad y eficiencia energética, cuyas bases reguladoras se aprobaron mediante Orden de 14 de enero de 2019. Los ayuntamientos que hayan suscrito un convenio de colaboración entre la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, podrán actúar como entidad colaboradora para la gestión de solicitudes y distribución de las subvenciones para la rehabilitación de viviendas a las personas beneficiarias: Listado de municipios que han firmado el convenio de colaboración para actuar como entidad colaboradora. Información general para los ayuntamientos en la gestión de solicitudes de rehabilitación de viviendas de su municipio. En aquellos municipios en los que los ayuntamientos no actúen como entidades colaboradoras, las personas interesadas en acogerse a las subvenciones para la rehabilitación de viviendas podrán, igualmente, realizar la solicitud de dichas subvenciones. En estos casos, si los ayuntamientos lo desean podrán colaborar con las personas interesadas durante el proceso de solicitud. Bases reguladoras de subvenciones para la rehabilitación de viviendas. Características generales Descripción Las subvenciones para la rehabilitación de viviendas tienen por objeto el fomento de la rehabilitación de viviendas, ya sean unifamiliares, aisladas, agrupadas en fila o ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva, contribuyendo a financiar la ejecución de obras para la conservación, mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad, así como de la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad. Personas beneficiarias Podrán solicitar estas subvenciones las personas propietarias o arrendatarias cuando acuerden costear las obras a cambio del pago de la renta. Los ingresos de la unidad de convivencia residentes tendrá que ser inferiores a 5,50 veces el IPREM. Asimismo, no podrán haber obtenido una ayuda para la misma vivienda en los 3 años anteriores. Requisitos de la vivienda Para solicitar esta subvención, la vivienda deberá cumplir los siguientes requisitos: Debe ser domicilio habitual y permanente de los propietarios o arrendatarios. No pueden estar calificados urbanísticamente como fuera de ordenación. Debe tener una superficie útil no inferior a 36 m2 . Tiene que estar finalizada antes de 1996, salvo excepciones. Tiene que presentar unas condiciones de seguridad estructural y constructiva que garanticen la viabilidad de la intervención o alcanzarla con ésta. No tener la consideración de infravivienda. Disponer de informe técnico que acredite los requisitos y la necesidad de acometer las obras, con fecha anterior a la solicitud de la subvención. Modelo de informe técnico (se ofrece este modelo con el contenido mínimo que debe comprender). Importe de las subvenciones Con carácter general se subvencionará el: 40% del presupuesto protegible. 75% del presupuesto protegible en caso de unidades de convivencia residente con ingresos inferiores a 3 veces el IPREM o residentes con discapacidad o mayores de 65 años en obras de accesibilidad. 25% de los honorarios profesionales, con un límite de 500 euros, para unidades de convivencia residente con ingresos inferiores a 3 veces el IPREM. Asimismo, las cuantías de las subvenciones tendrán los siguientes límites en función del tipo de obra: Rehabilitación de edificios Finalidad de las obras Las obras subvencionables que se lleven a cabo pueden agruparse según el objeto de las mismas, ya sea la conservación, la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad o la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad. Criterios objetivos de puntuación Las solicitudes serán evaluadas conforme a unos criterios objetivos en relación a la finalidad de la obra, la situación socio-económica de las personas residentes en la vivienda y a las características de ésta. Tutorial para la cumplimentación de la solicitud de subvenciones Una vez sea publicada la Orden por la que efectúa la convocatoria de subvenciones para la rehabilitación de viviendas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, las personas interesadas podrán presentar su solicitud. Para ello, se ha elaborado un Tutorial junto con una Herramienta de toma de datos que facilitan y ayudan a la cumplimentación de la solicitud: Tutorial para la cumplimentación de solicitud de subvenciones para la rehabilitación de viviendas. Herramienta de toma de datos (Formato Libre Office Calc). Herramienta de toma de datos (Formato Excel). Convocatoria 2019 Presentación de solicitudes Las personas interesadas en acogerse a las subvenciones para la rehabilitación de viviendas podrán presentar su solicitud desde el 2 de julio hasta el 1 de agosto de 2019, inclusive: Ajustándose al anexo I (marcando la casilla solicitud) y adjuntando el informe técnico (recogido en el apartado de 'Requisitos' en esta misma web). En 'Cómo realizar el trámite' del Catálogo de Procedimientos y Servicios del trámite correspondiente, se explica como puede realizarse la presentación de la solicitud. Subsanación de solicitudes Tras la finalización del plazo de presentación de solicitudes, se publicará el Listado del acuerdo de subsanación con aquellas solicitudes que han de completar datos imprescindibles para su continuación en el procedimiento, dándoles un plazo de 10 días para que realicen esta subsanación: Listado del acuerdo de subsanación. En caso de que proceda la subsanación de la solicitud: Las personas interesadas utilizarán el formulario anexo I (marcando la casilla subsanación) para llevar a cabo las subsanaciones indicadas y poder continuar en el procedimiento. En 'Cómo realizar el trámite' del Catálogo de Procedimientos y Servicios del trámite correspondiente, se explica cómo puede realizarse la subsanación de la solicitud. Tras la finalización del plazo de subsanación de solicitudes, se publicará el Listado de solicitudes desistidas por falta de subsanación o subsanación incorrecta de la solicitud: Listado de solicitudes desistidas. Presentación de documentación tras la publicación de Listado de beneficiarios provisionales Una vez analizadas las solicitudes admitidas definitivamente se publica el Listado de beneficiarios provisionales con las solicitudes ordenadas de mayor a menor puntuación según la autobaremación realizada. El número de beneficiarios provisionales incluidos en este listado está limitado por las disponibilidades presupuestarias. Por ello, también se incluyen a beneficiarios suplentes por si alguno de los anteriores no continúa en el proceso. Listado de beneficiarios provisionales. Tras la publicación del Listado de beneficiarios provisionales, las personas beneficiarias provisionales y suplentes, en el plazo de 10 días: Utilizarán el formulario anexo II para realizar las alegaciones que estimen pertinentes y comunicar su aceptación a la subvención propuesta, adjuntando la documentación correspondiente para la comprobación del cumplimiento de los requisitos para ser beneficiarios de la solicitud y de la puntuación autoasignada. En 'Cómo realizar el trámite' del Catálogo de Procedimientos y Servicios del trámite correspondiente, se explica como puede realizarse la presentación del anexo II y la documentación acreditativa. En el siguiente cuadro, se resume lo anteriormente indicado: Resolución de la concesión de la subvención Una vez analizadas las alegaciones presentadas y comprobada la documentación aportada, se publicará la Resolución de la concesión de subvenciones con el Listado de beneficiarios definitivos con las solicitudes ordenadas de mayor a menor puntuación: Listado de beneficiarios definitivos. Obligaciones de las personas beneficiarias Las personas que resulten beneficiarias de las subvenciones tendrán una serie de obligaciones generales en relación a la ejecución del proyecto, justificación y comprobación por parte del órgano concedentes. Asimismo, tendrán que cumplir una serie de obligaciones específicas según el estado de las obras y el pago de las subvenciones: Inicio de obras. Ejecución de obras. Finalización de obras. Abono y justificación. Más información Alta cuenta bancaria en la DG de Tesorería. Ficha de terceros para abono subvenciones. Delegaciones Territoriales de la Consejería de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico. Cálculo del IPREM. Normativa En el apartado de Normativa del Catálogo de Procedimientos y Servicios del trámite correspondiente, se recoge la normativa específica que afecta al procedimiento. Vivienda y rehabilitación Fomento del alquiler Vivienda protegida Rehabilitación Asesoramiento en materia de desahucios Registro de personas y agencias intermediarias Programa de Autoconstrucción y Autopromoción Bolsa de viviendas y permuta protegida Preguntas frecuentes sobre rehabilitación y vivienda Planes e instrumentos
03-Julio-2019 14:05
Info General