Según el artículo 7, apartado h, con motivo de la declaración del estado de alarma fijado en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo se establece: \"Cualquier otra actividad de análoga naturaleza que habrá de hacerse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad o por otra causa justificada\".
Por lo tanto para el paseo de mascotas establecemos las siguientes indicaciones:
Saca tu mascota a hacer sus necesidades de forma individual, en el menor tiempo posible, a la menor distancia posible de tu domicilio y evitando aglomeraciones.
Seamos responsables
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Info General 17-Marzo-2020 12:00
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