Huelma Informa
Desde el miércoles, 15 de julio, es OBLIGATORIO llevar mascarilla tanto en los espacios abiertos como en los espacios cerrados, incluidas playas o piscinas. Os dejamos un resumen de la normativa publicada por la Junta de Andalucía. Las personas de seis años en adelante están obligadas al uso de la mascarilla en la vía pública, en los espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, aunque pueda garantizarse la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros. La mascarilla es de uso obligatorio en medios de transporte aéreo, marítimo, en autobús o en ferrocarril. También, en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio. La obligación del uso de la mascarilla no será exigible para las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la misma. Tampoco para aquellas personas que por su situación de discapacidad o dependencia no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización. En el caso de ejercicio de deporte individual al aire libre tampoco se exigirá su uso. No habrá que llevar mascarilla en los supuestos de fuerza mayor o situación de necesidad o cuando, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias. No será necesario llevar la mascarilla en las playas y piscinas durante el baño y mientras se permanezca en un espacio determinado, siempre y cuando se pueda respetar la distancia de seguridad interpersonal entre los usuarios. En cambio, para los desplazamientos y paseos en las playas y piscinas sí será obligatorio el uso de mascarilla. Se podrá prescindir puntualmente de la mascarilla para el propio ejercicio de comer o beber, dada la imposibilidad de hacerlo con el cubrebocas. Se recomienda el uso de la mascarilla en los espacios abiertos o cerrados privados cuando existan reuniones o una posible confluencia de personas no convivientes, aun cuando pueda garantizarse la distancia de seguridad. Los velatorios al aire libre se reducen de 60 a 25 personas y en el caso de los recintos cerrados de 30 a 10 personas. DICHO INCUMPLIMIENTO PUEDE SER SANCIONADO CON MULTAS DE 100 € Puedes consultar la orden aquí https://cutt.ly/lp9o0Wp

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Info General 30-Agosto-2020 13:14