Con independencia de los percetores del Ingreso Minimo Vital que tengan derecho a este complemento, tambien tendrán derecho a la Ayuda a la Infancia las unidades de convivencia que cumplan todos los requisitos necesarios establecidos en la normtiva vigente. El importe se establece en función del número de menores de edad miembros de la unidad de convivencia, y en función de la edad cumplida el día 1 de enero del correspondiente ejercicio, con arreglo a los siguientes tramos:
¿Quién tiene derecho? Pueden tener derecho a este complemento las unidades de convivencia que incluyan menores de edad entre sus miembros, cumplan todos los requisitos necesarios para la concesión del ingreso mínimo vital y los establecidos respecto de los límites máximos sobre ingresos computables, patrimonio neto y test de activos: https://revista.seg-social.es/documents/39386/1383076/Imagen1.png/a17848c1-9a60-5f24-1a0b-7d02381fbc1f?t=1642589626704" title="Image: https://revista.seg-social.es/documents/39386/1383076/Imagen1.png/a17848c1-9a60-5f24-1a0b-7d02381fbc1f?t=1642589626704"> *MAS INFORMACIÓN, ASESORAMIENTO Y TRAMITACIÓN EN LOS SERVICIOS SOCIAL DEL AYUNTAMIENTO DE LACHAR. ( ANA BELEN ) |
Info General 10-Noviembre-2022 13:09
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