La Nava de Santiago Informa
Visto el Decreto 63/2019, de 28 de mayo, por el que se fija el calendario de días festivos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2020, publicado en el Diario Oficial de Extremadura nº 105, de 3 de junio siguiente. Visto que, según se establece en el articulo 3 de la citada norma autonómica, “serán también inhábiles para el trabajo, retribuidos y no recuperables, con el carácter de fiestas locales, otros dos días, que serán determinados por la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Educación y Empleo, a propuesta del órgano competente del Ayuntamiento respectivo”. Visto que por resolución de esta alcaldía de 25 de septiembre de 2019 se elevó propuesta a la Dirección General de Trabajo de la consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura en el sentido de que las fiestas locales de este municipio para el año 2020 fueran los días 20 de abril (lunes) y el 22 de mayo (festividad de la Patrona del pueblo Santa Quiteria. Visto que, por resolución de 28 de octubre de 2019, de la Dirección General de Trabajo, de la Consejería de Educación y Empleo, de la Junta de Extremadura, publicada en el Diario Oficial de Extremadura nº 2018, de 12 de noviembre siguiente se hace público el calendario oficial de las fiestas locales para la Comunidad Autónoma de Extremadura durante el año 2020, figurando entre las misma las dos fechas indicadas anteriormente como fiestas de este municipio. Visto que la crisis ocasionada por el COVID-19 obliga a desistir del propósito inicial en ambos casos. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo 21 de la ley 7/1985 Regulada de las bases de Régimen Local. Y habiendo dado traslado a todos los miembros de la Corporación y estando conformes, HE RESUELTO Elevar propuesta a la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura en el sentido de que los días 20 de abril y 22 de mayo no tengan carácter de fiesta Local de este municipio en el presente año, siendo sustituida dichas fechas con tal carácter por otra fecha posterior – pte. de señalar- , una vez se levante el Estado de Alarma. Ratifíquese por el pleno del Ayuntamiento en la primera sesión que se celebre Emiliano Cortés Rueda Alcalde-Presidente

Archivos adjuntos:
Info General 14-Abril-2020 14:07